Venezuela: la justicia impone una millonaria multa a El Nacional por supuesta difamación

El diario El Nacional, de Venezuela
El diario El Nacional, de Venezuela

CARACAS.- La Justicia del régimen de Nicolás Maduro ordenó a El Nacional el pago de 237.000 petros, poco más de 13 millones de dólares ($ 13.366.800), como indemnización por daño moral contra Diosdado Cabello, luego que se replicara un trabajo de un diario español en el que, con el testimonio de un exescolta, se señalaba al líder chavista de estar vinculado con negocios de narcotráfico.

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En agosto de 2015, Cabello presentó una demanda contra los medios venezolanos El Nacional, Tal Cual y La Patilla por haber reproducido un artículo del diario ABC en el que, con el testimonio de Leamsy Salazar, se denunciaban vínculos con el narcotráfico.

La portada del diario ABC con la investigación
La portada del diario ABC con la investigación


La portada del diario ABC con la investigación

“Ya basta de que usen los medios de comunicación para destrozarle la vida a quien no les caiga bien y como medio de chantaje. ¡Que se haga justicia!”, pidió en aquel momento Cabello.

En diciembre de 2019 el líder chavista volvió a arremeter contra El Nacional. Aseguró que sería dueño del periódico y que convertiría la sede en una universidad de la comunicación.

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“El Nacional tiene un edificio sede extraordinario para una universidad. Apenas tenga la sentencia, me dicen dónde firmar para entregar el edificio para la Universidad Internacional de la Comunicación que anunció nuestro presidente Nicolás Maduro”, manifestó

El ataque de Cabello a El Nacional es otro método de sometimiento del régimen contra la libertad de expresión.

Diosdado Cabello
Diosdado Cabello


Diosdado Cabello

Decenas de organizaciones periodísticas condenaron la decisión del líder chavista, entre ellas la SIP y el Grupo de Diarios América (GDA), que expresaron su respaldo al directorio y los trabajadores del diario ante las amenazas.

La sentencia conocida este viernes destaca los daños a la honra del número dos del régimen.

“Se trata del desprecio público que se generó en contra de la persona difamada, que lo afectó en su esfera personal y familiar, así como, en frente de su entorno social en general, viéndose sometido al escarnio público sin justificación alguna. Lo que hace que esta Sala de Casación Civil lo califique como un daño moral gravísimo”, indica la sentencia.

“Esta se hace tomando en consideración el alcance de la responsabilidad del dañante y todas las situaciones de hecho que se derivan del caso y las consecuencias del mismo, así como la posición económica y de medio informativo de la demandada, quien valiéndose de su posición de dominio del medio, fácilmente procuró la difamación e injuria de una persona natural, sin más limitación que la que ella misma dispuso, haciendo caso omiso a las normativas y regulaciones del Estado, frente a la publicación de noticias y su veracidad”, señala.

“Es claro establecer que no hubo intencionalidad de la víctima, ni está tuvo alguna conducta que generara las noticias difamatorias publicadas por la demandada”, agrega.

“Se observa que están comprobados los actos difamatorios, así como la culpa del autor de dichos actos, pues este nunca negó su participación en los mismos, sino que sólo pretendió excusarse en una supuesta justificación legal, que esgrimió como defensa para señalar que no era responsable por la publicación de las noticias difamatorias, omitiendo su posición de dominio, por la cual tiene pleno control de un medio informativo para transmitir los hechos difamatorios”, indica.

El Nacional/GDA