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Juez ampara a Rosario Robles contra prisión preventiva; ordena considerar otra medida cautelar

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Un juez federal concedió a la exsecretaria de Sedesol y Sedatu Rosario Robles Berlanga un amparo en contra de la prisión preventiva justificada que se le dictó desde hace mas de dos años en el proceso abierto en su contra por “La Estafa Maestra”, y ordenó que se revise la posibilidad de dictarle una medida cautelar distinta.

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El juez Tercero de Distrito en Materia de Amparo, Augusto Octavio Mejía Ojeda, resolvió que los derechos de Robles fueron violados al habérsele ratificado, en abril de 2020, una prisión preventiva automática sin que se valorara correctamente otras medidas alternas como un arraigo domiciliario.

Dicha ratificación tuvo lugar en una audiencia de revisión de medida cautelar que habían solicitado los abogados defensores de la exsecretaria de Estado, en la que plantearon que la prisión automática dictada a Robles desde que se presento voluntariamente a comparecer ante el juez en agosto de 2019 era desproporcionada e injustificada.

La defensa sostuvo lo anterior luego de que lograron probar que los fiscales de la FGR habían sustentado la petición de prisión preventiva de Robles en documentos falsos, como una licencia de conducir con un domicilio distinto que la exfuncionaria nunca tramitó.

Sin embargo, pese a que dicha evidencia fue desvirtuada, el juez de control Ganther Villar Ceballos ratificó la prisión preventiva justificada en contra de Robles con otros argumentos como que podía obtener recursos de terceros para intentar sustraerse de la justicia.

En contra de esa determinación la defensa encabezada por el abogado Epigmenio Mendieta presentó una demanda de amparo que luego de mas de un año de análisis fue resuelta en favor de la exfuncionaria por el juez Mejía Ojeda.

En la resolución judicial, a la que Animal Político tuvo acceso, el juez Mejía consideró que el argumento de que Robles podía obtener recursos de terceros no bastaba por si mismo para justificar una medida de prisión preventiva en prisión, cuando existen otras menos graves e igual de efectivas como la prisión domiciliaria.

“El juez soslayó expresar de forma objetiva los argumentos en que sostuvo tal conclusión. Tales inconsistencias impidieron determinar de manera fundada y motivada si, en el caso, procedía la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva domiciliaria”, indicó el juez.

Se trata de una omisión grave, añade la sentencia de amparo, pues obstaculizó analizar la pertinencia de una medida distinta a la prisión preventiva la cual solo debe ser excepcional y estar debidamente justificada.

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En ese contexto, Mejía Ojeda consideró procedente amparar a Robles para el efecto de que se reponga la audiencia de revisión de medida cautelar de abril de 2020. En dicha audiencia el juez Ganther Villar deberá analizar y resolver de manera fundada y argumentada si no es posible imponer a la exfuncionaria un arraigo domiciliario u otra medida distinta a la prisión preventiva que pesa sobre ella.

Aunque esta situación le abre la posibilidad a la exfuncionaria de salir del penal de Santa Martha donde está recluida desde 2019, cabe señalar que la FGR aun cuenta con una orden de aprehensión en su contra por delincuencia organizada y lavado de dinero que puede ejecutar en cualquier momento.

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